lunes, 19 de noviembre de 2012

¿CUALES SON LAS ACARACTERISTICAS DE LA CONSTITUCION DE 1914 Y LOS SIGNIFICADOS QUE ATRIBUYO?

Del año 1914 al 1917 bien le podemos llamar etapa preconstitucionalista. El país vivía en una constante revuelta, los diversos bandos revolucionarios no llegaban a un acuerdo entre sí, y peleaban ya fuera por ideales revolucionarios, ya por tener el poder en las manos, ya por los intereses que tenían tanto los líderes como las dos tres clases sociales existentes en aquella época. El país había estado sumergido por largo tiempo a la tiranía dictatorial de Porfirio Díaz, que tenía al país en una tremenda pobreza, mientras que un pequeñísimo estrato social eran los poseedores de la riqueza absoluta. Los constitucionalista, o "carranclanes" como eran llamados los seguidores de Carranza, tenían muy claro los objetivos, y sabían ampliamente hacía donde querían llevar al país, esto es, hacia un país de leyes, donde la conducta humana, la propiedad privada, las relaciones maritales, la economía , y tantos otros aspectos de la convivencia nacional estuvieran normadas por una ley suprema, de ahí que era necesario para los "carranclanes" lograr la victoria ante el traidor Huerta cuando Carranza era maderista, y posteriormente cuando el señor Carranza fue Presidente de la República debería triunfar ante el gran revolucionario Villa, pero que no llegó a ningún acuerdo con los constitucionalistas, así como también era menester ganar simpatías y la anexión de zapata, que al ver que los ideales por los que había peleado de "Repartición de la Tierra", no iba por buen camino, se sintió defraudado y traicionado por madero, y posteriormente por Carranza. Desgraciadamente el déspota de Huerta mató a Madero y a su vicepresidente Suárez, y posteriormente Carranza no logró ganar la simpatías de Zapata, lo cual tuvo enfrentamientos directos con sus tropas, y con las tropas de Villa, así pues podemos leer en el periódico la Vanguardia, con fecha 9 de junio de 1915 el siguiente artículo: "Articulo editorial tomado de "The Call" de San Francisco California de Mayo 27. Hace mucho tiempo que los Estados Unidos de América no han reconocido gobierno alguno en México. Cierto es que durante algunos meses han tenido la excusa de que no había legalmente gobierno que reconocer; pero esa excusa no puede alegarse por más tiempo: actualmente existe en México un gobierno que debe ser reconocido por esa nación . El Gobierno Constitucionalista domina todo el país con excepción del estado de Morelos que sigue en poder de los zapatistas y el estado de Chihuahua y una gran parte de sonora que siguen en poder de Villa. Y no es esto sólo, sino que el Gobierno Constitucionalista ha demostrado ser durable, sólido y merecedor de reconocimiento por cualquier nación del mundo. Pero hay algo más que debe ser considerado en Whasington, González Blanco un reconocido escritor Español acaba de llegar a México, trayendo material para hacer un libro que piensa editar, al mismo tiempo trae informes de la actitud de los Gobiernos Europeos con respecto a México, El Sr. Cásares que fue enviado por el gobierno Español a Veracruz con objeto de arreglar ciertas cuestiones españolas referentes a protección de vidas y propiedades , tienen la esperanza de llegar a un perfecto acuerdo con el señor Carranza. Si esto es así, no hay perfecta duda de que el Gobierno Español reconocerá al Gobierno Constitucionalista representado por el señor Carranza". Obviamente el articulo continúa, pero para nuestro objetivo, baste citar los párrafos anteriores, con el único fin de que tengamos la certeza de la aparente ingobernabilidad que vivió México en la etapa que nosotros llamamos Preconstitucional. A tal grado era el no entendimiento entre los Villistas y los Constitucionalistas que en el mismo periódico "La Vanguardia" (19), se refiere de forma despectiva sobre la persona de Villa tratándolo de felón, cobarde, asesino, etc...tomemos al artículo. publicado en este medio de comunicación de origen constitucionalista. "EL ETERNO FELÓN : Si en toda la serenidad de nuestro espíritu, con toda la calma que debe preceder a nuestros actos más trascendentales, retirando de nosotros todo apasionamiento, nos pusiéramos a considerar cuál sería la situación de México si un día por una de esas aberraciones de la fatalidad, llegara a ser gobernado por Francisco Villa, nos encontraríamos detenidos bien pronto en el curso de nuestras reflexiones espantados, horrorizados profundamente por las conclusiones a que éstas nos conducirían. Francisco Villa, el jefe, sino el alma de esa facción de descarriados, de ese núcleo de hombres dañados por la ponzoña de la ambición. Jamás ha sido un revolucionario de verdad: jamás fue un hombre de principios; hoy, como ayer, un ser de bajas pasiones; rudo, vulgar, ambicioso y salvajemente criminal. Villa era ya un asesino en 1910. La revolución que encabezó don Francisco I Madero, lo sorprendió huyendo en las serranías, después de haber matado vilmente al cómplice de sus abigatos Claro Reza. Para librarse del justo castigo de ese y otros crímenes anteriores, se afilió a la causa revolucionaria de 1910, pero el señor Madero bien pronto- después de la toma de Ciudad Juárez- reconoció que aquel hombre alentaba ruines instintos. En aquella ciudad fronteriza se rebeló por primera vez contra la autoridad de su Jefe Supremo, pero careciendo entonces de ese inexplicable prestigio de que más tarde supo rodearse, su desleal actitud no tuvo consecuencias materiales, aunque sí morales, ya que sus compañeros de armas comprendieron qué era lo que de él podían esperar en el futuro". obviamente, se ve que los carrancistas hicieron uso de los medios de comunicación para aplastar moralmente y ante la opinión pública a los enemigos de los Constitucionalistas, y una buena forma de hacer que los líderes adversarios perdieran adeptos era tratándolos de asesinos, etc... Así pues la etapa preconstitucional, significó una ardua lucha para los "carranclanes", batallas por aquí, batallas por allá, guerra psicológica en contra de los adversarios ( dañando su imagen), etapa de conciliaciones, de pleitos, de duro ajetreo; más sin embargo, lo concerniente a la legislación no fue descuidada, ya desde la 1914,y 1915 se perfilaban en los periódicos constitucionalistas, amplios debates sobre diversos tópicos que deberían ser reformados en la Suprema Ley de México, la Constitución; así pues los carrancistas guiados por el espíritu sublime y noble pero valiente y agresivo de su líder, el señor Carranza no descuidaron la génesis de la Constitución, para tal efecto crearon la Comisión de Legislación Social, conformada por notables intelectuales de la época, figurando juristas como principales actores. III. CARRANZA, PADRE DE LA COSTITUCIÓN DEL 17 Capítulo dedicado a la Familia Carranza. ¿Quién era este Carranza? Este personaje, bien puede decirse que es el padre de la Constitución, y aunque él dio el visto bueno, es bueno decir que la Constitución del 17 es obra del Congreso Constituyente de Querétaro, pero también es justo recalcar que anteriormente ya se había formado la Comisión de Legislación Social a propuesta de Carranza, y fue esta comisión la que verdaderamente trabajó duramente para llevar al Congreso Constituyente las propuesta ya elaboradas; cabe recalcar que la Comisión de Legislación Social estaba en constante comunicación con el Jefe Supremo Carranza, quien daba sus opiniones, quien a veces aprobaba, o en ocasiones consentía, pero que también en ocasiones callaba, porque sabía que la reforma de una ley es cosa de juristas, y él no era un experto en esta área, de ahí que conformara un grupo de notables juristas y personajes no juristas pero de gran talla moral y social, para que emitiesen sus opiniones, siempre guiados por los juristas. Así pues Carranza fue hijo del Teniente Coronel Liberal Jesús Carranza Neira: él fue un soldado que prestó sus servicios a don Benito Juárez; baste citar el articulo del Ing. Jesús Carranza Castro. "Con motivo de la celebración del Año de Juárez, dedicado al Benemérito de las Américas el Presidente Benito Juárez, he considerado oportuno, por ser de interés histórico, dar a conocer la recta personalidad y la talla moral del Teniente Coronel Don Jesús Carranza Neira y los servicios que prestó a la causa de la República acaudillada por el Presidente Juárez. Siendo niño, quedó huérfano de madre y como fuera tratado mal por la segunda esposa de su padre, abandonó el hogar paterno a la edad de 12 años, yéndose con unos americanos que llegaron a aquella Villa, de tránsito para la ciudad de Chihuahua a donde iban con objeto de establecer una casa de comercio. Establecida ésta en aquella ciudad, lo emplearon como dependiente, haciéndose acreedor, por su conducta, a la confianza de sus patronos con los cuales se quedó a vivir por varios años. Una vez cerrada esta casa pasó a la casa comercial del señor José Cordero, español, hombre de grandes cualidades, de una honradez acrisolada y que había hecho, a fuerza de trabajo, una fortuna inmensa. A su lado se formo el señor Carranza, influyendo mucho en su carácter el de su patrón; pues adquirió de él una energía extraordinaria, amor al trabajo y al orden, probidad, el estricto cumplimiento de los deberes y una gran iracibilidad para los que faltaran a ellos".(20) "Después de muchos años de trabajar con el señor José Cordero, regresó a Cuatro Ciénegas, donde se casó con la señorita María de Jesús de la Garza en 1835, teniendo los siguientes hijos: María del Rosario, María Ana, Pascual, Pánfila, María Ignacia, Ursula, Sebastián, Sirenia, Emilio, María de Jesús, Venustiano, Hermelinda, Jesús, María y María Guadalupe. Don Jesús encomendó la educación de sus hijos a su esposa; pues su trabajo y la vida agitada que llevó con frecuencia, lo obligaban a permanecer alejado de su familia; pero cuando estaba al lado de ésta y era necesario corregir a alguno de sus hijos, una sola palabra de reproche manifestando, únicamente con su seriedad al que había fallado, el disgusto que le causaba su conducta" (21) Así era el progenitor de Venustiano Carranza, lo cual indica que el futuro padre de la Constitución de México, fue educado en un ambiente recto, con alto sentido de la responsabilidad, con una moral intachable, y de sentimientos altamente patrióticos. Venustiano Carranza fue realmente un político mexicano, que a diferencia de Francisco I. Madero, se preocupó de dotar de una infraestructura legal al pueblo de México. Nació en Cuatro Ciénegas en 1859. Comenzó a actuar en la política en la época de Porfirio Díaz; fue entonces Presidente Municipal de su pueblo ( 1887-1894), Diputado y Senador. Unido al movimiento revolucionario de Madero, organizó con él el partido Democrático y fue su Secretario de Guerra y Marina en el gabinete instalado en Ciudad Juárez al triunfo del movimiento fue nombrado Gobernador de Coahuila. El asesinato de Madero en 1913 le hizo levantarse en armas contra el asesino Victoriano Huerta y tras de un año de lucha consiguió derrotarlo y hacerlo huir del país. El primero de mayo de 1917 Carranza fue elegido Presidente de la República y gobernó hasta 1920, fecha en la que fue asesinado. Su administración fue agitada, pues las luchas continuaban, y a pesar de todo ello, siempre trató de darle un sesgo progresista a su período, de ahí que haya tenido la preocupación de que la Constitución más evolucionada del mundo de esa época fuera proyectada, y aprobada por el Constituyente de Querétaro; si bien, ya se vio que fue una Sección de Legislación Social la que se encargó de fundamentar la futura Constitución, bien se puede decir que esta lleva el sello de la personalidad progresista de Don Venustiano Carranza, de ahí que bien se puede afirmar que la Constitución de 1917 fue elaborada con amplio criterio progresista, pasando a ser una de las mejores del mundo, y es indudable que Don Venustiano Carranza es el Padre de ella. Como el país estaba en constante agitación, y a un período gubernamental le seguía otro, ya fuera por medio de una rebelión, ya por desconocimiento del gobierno actuante, ya por desacato de algún distinguido líder revolucionario; pues así, aconteció con Don Venustiano, siendo este Presidente de la República, sufrió la rebelión de Sonora, que lo obligó a abandonar la Capital, y el 21 de mayo de 1920, en Tlaxcalaltongo , Puebla, fue asesinado por los soldados de Rodolfo Herrera. Así fue de agitada el período revolucionario y post-revolucionario de nuestro país, que como niño recién gestado, estaba aprendiendo a caminar por la dura vida del derecho, de las garantías individuales, de los derechos laborales, y todo aquello que no se tenían bajo la dictadura de Porfirio Díaz, y que las armas habían devuelto; pero que ahora era necesario estamparla en la Ley Suprema de la Nación, para que nadie olvidara la triste historia de opresión que vivió el atribulado, pero valiente pueblo de México. Varios dieron su vida por estos derechos, y Don Venustiano Carranza, tuvo la visión de dotar de una Constitución que guiaría los pasos de ese niño recién nacido, de ese pueblo sufrido, que tenía en la Constitución una esperanza de una vida mejor; no hay duda que la muerte de todos los mártires y la del propio Carranza no fueron en vano, pues México cuenta con una Carta Magna fabulosa, una de las mejores del mundo. IV. El Pensamiento Progresista de la Constitución del 17. El periódico la Vanguardia de Orizaba Veracruz, dirigido por Gerardo Murillo, mejor conocido como el "Dr. Atl", fue un espacio que sirvió para que los postulados revolucionarios, pero reformistas, tomaran cuerpo y se cristalizaran en lo que sería la constitución del 17. Ya hemos dicho que la paternidad de dicha constitución le toca al guía de los constitucionalistas, pero también hemos dicho que intelectuales como Mújica, Félix F. Palavicini, Pastor Rouaix, Alfonso Cravioto, Manuel Andrade, y varios otros, tuvieron injerencia directa en la Comisión de Legislación social, que daría las bases al constituyente del 17 para la elaboración de ella. El Constitucionalismo triunfó, fiel a su política realista y moderada, su jefe Supremo el señor Carranza, se propuso adecuar, actualizándola la Constitución de 1857 a las nuevas circunstancias de México. Vano Intento. De sus propias filas surgieron los jacobinos. La revolución - pensaban estos-- requería de unidad de principios nuevos, capaces de producir una verdadera nación. Y esto sólo es posible si a la igualdad jurídica del viejo liberalismo se le agregaba una buena dosis de igualdad económica y social. Si a los antiguos derechos individuales ya indiscutibles se adicionaban nuevos derechos sociales(22). Ya en el periódico veracruzano que citamos anteriormente se venía dando una sección que era periódica, cuyo nombre era "La Obra Legislativa de la Revolución", en esta columna se venían tratando asuntos de carácter legal, como la libertad de educación, el matrimonio, el divorcio, la propiedad privada, las garantías individuales, leyes laborales, etc... en un número de mayo 5 de 1915 de este periódico se lee en esta sección una Ley Sobre el Contrato del Trabajo, que es propuesta por el Lic. Rafael Zubarán Capmany a la consideración del Jefe Supremo del Ejército Constitucionalista y Encargado del Poder Ejecutivo de la República, el Sr. Carranza. Cabe destacar, que el Constituyente de 1917, no estaba a ciegas, ya tenían los trabajos de la Sección de Legislación Social, a tal grado que al Constituyente solo le llevó dos meses de debates y trabajos el aprobar la Constitución. Uno de los debates más recordados y mejor argumentado fue el discurso del Gral. Francisco J. Mújica, en la sesión del día 13 de diciembre de 1916, donde habla sobre el art. 3º ; sólo citaré una pequeña fracción de este discurso, por cuestión de espació: "El Constituyente aquí reunido trata del art. 3º de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, y ¿ Porqué, señores? Porque en aquellas etapas gloriosas no se trataba más que de vencer de una vez por todas al que tenía el poder ursupado en sus manos o, de acabar con la reacción, y aquí, señores, se trata nada menos que del porvenir de la patria, del porvenir de nuestra juventud, del porvenir de nuestra niñez, del porvenir de nuestra alma mater, que debe engendrarse en los principios netamente nacionales y en principios netamente PROGRESISTAS, y evidentemente señores, la ciencia pedagógica ha hablado ya mucho sobre la influencia que la enseñanza religiosa, de la enseñanza de las ideas absurdas, ejerce en los individuos, para degenerarlo no sólo en lo moral, sino también en lo físico. Yo soy profano de esas cosas, pero hay aquí en la Asamblea muchos profesores eminentes que pueden hablar más claro que yo sobre este capítulo" Es obvio que este discurso de Mújica influyó para que el art. 3º de nuestra Carta Magna que trata de la educación, norme que está debe de ser laica, y se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa. Pero también es verdad que los pensamientos de Ricardo Flores Magón que había ya publicado en su partido liberal un manifiesto donde se implementaba un programa valiente y generoso en favor de una legislación del trabajo, habían quedado ya normados en la Constitución del 17 en el art. 123, con todos sus fracciones y encisos, así pues por medio de este artículo, se evita la explotación del obrero, el jornalero, y de cualquier persona que preste un servicio remunerado a otra persona; una consecuencia de este artículo es la LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Es necesario recordar, que el Sr. Carranza había promulgado su decreto de Adiciones al Plan de Guadalupe, explicando que "el Primer Jefe expediría y pondría en vigor durante la lucha, todas las leyes, disposiciones y medidas encaminadas a dar satisfacción a las necesidades económicas, sociales y políticas del país, efectuando las reformas que la opinión exige como indispensables para garantizar el régimen que garantice la igualdad de los mexicanos (23). Estas reformas estaban establecidas en el decreto, y serían reformas sobre cuestiones agrarias ( devolución de tierras a pueblos que les había sido quitadas), fiscales ( cobro de impuestos equitativos a los bienes y raíces), laborales ( mejoría de los obreros, los peones rurales, los mineros, y de las clases proletarias en general), sobre la libertad municipal ( el reconocimiento del municipio libre), en cuanto al matrimonio y el divorcio , al cumplimiento de las leyes de Reforma y revisión de los Códigos Civil, penal y de Comercio, etc.. Definitivamente, la Constitución del 17 fue hecha con un pensamiento progresista, con los hombres más preclaros de su tiempo, y con el visto bueno y el apoyo de Carranza. Tenemos que esta Constitución prohibe la esclavitud, no reconoce títulos nobiliarios, garantiza la libertad de tránsito por el territorio ( art. 11), se encuentra dividida en nueve capítulos; el primero comprende 29 artículos dedicados a la consagración de las garantías individuales; de la nacionalidad mexicana, y de como obtenerla; así como de las obligaciones de los mexicanos. Del capítulo segundo al Cuarto se refiere a la soberanía nacional y de la forma de Gobierno; de las partes integrantes de la federación y del territorio nacional; de la División de los Poderes y de sus facultades respectivas; el Título Quinto se refiere a los Estados de la Federación; el Título Sexto, al trabajo y Previsión Social; el Séptimo a Prevenciones Generales; el Octavo, a las reformas a la Constitución, y el Noveno y final a la inviolabilidad de la Constitución. El art. 135 que nos habla de las reformas a la Constitución nos dice claramente que: "La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados. El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso harán el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas". En base a este artículo, se han hecho algunas adiciones o modificaciones a algunos artículos, a tal grado que la Constitución de hoy está cambiada en varios de ellos, por ejemplo; tomemos el art. 4 de la Constitución original del 17, dicho articulo decía: " A ninguna persona podrá impedírsele que se dedique a la profesión o industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitas. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de terceros, o por resolución gubernativa dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial. La ley determinará en cada Estado cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo". Resulta que este artículo 4º de la Constitución original del 17 se ha convertido en el art. 5º de la Constitución actual vigente, claro que tiene también sus modificaciones o adiciones, esto se debe a que en tiempos posteriores se añadió la igualdad entre el hombre y la mujer, y esto llegó a nivel constitucional, haciéndose un nuevo articulo que sería el 4º quedando: Art. 4º.- El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera, libre responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Este artículo pretende acabar con el arraigado machismo, que existe en México, reconociendo la igualdad de la mujer, que por lo general siempre era relegada a un segundo término, ya fuera en su hogar, ya fuera para conseguir trabajo, ya para estudiar, etc... Después a este mismo artículo se le añadió lo siguiente. "Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades, y a la salud física y mental. La ley determinará los apoyos a la protección de los menores, a cargo de las instituciones públicas". Es obvio que aquí se pretende proteger a los menores, y cuidarlos de los malos tratos. Pero luego al art. 4º se le agregó una parte que reconoce la pluralidad de México, y acepta y reconoce la existencia de los pueblos indios: " La nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social, y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado. En los juicios y procedimientos agrarios en que aquellos sean parte, se tomarán en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley" Así pues el Art. cuarto ha sufrido una serie de modificaciones, empezando que es de relativa reciente creación, desplazando al antiguo art. 4º al 5º, y luego ya instalado este nuevo art. en la Constitución actual, ha sufrido adiciones, que lo han ido completando, hasta estar como hoy está. Nuestra Carta Magna, también tiene el Amparo, mecanismo que nos fue legado del Preclaro hombre "Mariano Otero", como ya hemos visto. Definitivamente, en nuestra Carta Magna se consolidaron dos grandes corrientes; "El Liberalismo Mexicano" y "El Liberalismo Europeo", haciendo de esta, una de las Constituciones más PROGRESISTA DEL MUNDO, pero en mi humilde opinión, está sujeta a ser perfectible todavía más; esto es, nuestra constitución no contempla dos figuras que son muy necesarias para la práctica de una verdadera democracia, me refiero al plebiscito y al referéndum; estos deben ser integrantes de nuestra Carta Magna, que en un futuro no muy lejano, tal vez, puedan ser incluidas en nuestra Constitución Nacional, tal como lo ha hecho Jalisco en su Constitución Estatal.

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